Emprender en España

La Autorización de Residencia para Emprendedor es un permiso de residencia que permite residir en España a aquellas personas que estén interesadas y pretendan emprender, desarrollar o dirigir una actividad económica.

Esta autorización tendrá validez en todo el territorio nacional, y será necesario que se cumplan una serie de requisitos. La Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización establece que “Se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado”.

Por tanto, actividad emprendedora es aquella que sea de carácter innovador, con especial interés económico para España, y que a tal efecto cuente con un informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica o por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

Para la valoración del proyecto del emprendedor se tendrá en cuenta:

  • El perfil profesional del solicitante que quiera emprender, su formación y experiencia profesional, así como su implicación en el proyecto.
  • El plan de negocio con mención, al menos, a los siguientes elementos:
    • Descripción del proyecto. Actividad empresarial que se va a desarrollar, fecha de inicio, localización, forma jurídica prevista de la empresa, impacto económico potencial que supone la inversión, descripción del número de puesto de trabajo que se estima que puedan crearse y sus funciones y cualificaciones, actividades previstas de promoción y estrategia de venta.
    • Descripción del producto o servicio: la descripción será detallada e incluirá los aspectos innovadores. Análisis de mercado: valoración del mercado y evolución esperada, descripción de los posibles competidores, valoración de los consumidores potenciales y análisis de oferta y demanda.
    • Financiación: inversión requerida, fuentes de financiación y plan financiero.
  • El valor añadido para la economía española.

Es de destacar que esta autorización permite que los familiares del emprendedor le acompañen; Cónyuge o pareja de hecho, los Hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular y los ascendientes a cargo. Estos podrán, en cualquier momento, solicitar, de forma conjunta o sucesiva, la autorización y/o el visado.

Por último, en cuanto a los beneficios que ofrece la autorización para emprendedor, destacamos, por un lado, que el visado y autorización son válidos para trabajar y residir en todo el territorio nacional, incluidos los familiares si cumplen con la edad prevista en la normativa laboral. Y por otro lado los plazos rápidos de resolución, 10 días para los visados y 20 días para las autorizaciones.

Si quieres comenzar con el trámite o solicitar más información, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados expertos.