Nueva Ley de Extranjería
NUEVA LEY DE EXTRANJERÍA. La aprobación del nuevo Real Decreto supone un gran avance en el modelo migratorio español, ya que facilita la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en España, tanto en situación regular como irregular.
Con la nueva de Ley de Extranjería se mejoran las figuras de arraigo y de reagrupación familiar. En el caso del arraigo laboral, hasta ahora, para acreditar la actividad laboral de los dos últimos años, el interesado debía presentar una resolución judicial que la reconociere o una la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que acreditase dicha actividad. No obstante, con la aprobación de la nueva ley ese requisito indispensable se sustituye por la acreditación por cualquier medio de prueba la existencia de una relación laboral previa realizada en los dos últimos años en situación legal de estancia o residencia. Por ende, se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación, de 6 meses de trabajo en los últimos dos años.
En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo y la reforma también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.
Además, se ha creado un nuevo arraigo para la formación que permite obtener una autorización de residencia, por un periodo de doce meses, a los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años. Si quieres obtener mas información sobre el arraigo para la formación de la nueva Ley de Extranjería puedes acceder al siguiente enlace: https://pizarroabogados.net/arraigo-para-la-formacion/.
En cuanto a la reagrupación familiar, la reforma crea un régimen propio del familiar del ciudadano español que desea mantener en España su unidad familiar, y también se flexibilizan los requisitos de reagrupación familiar cuando afectan a menores extranjeros, o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad.
Por último, quien ostente una autorización de Residencia y Trabajo y tenga que renovarla, la nueva Ley de Extranjería la concede por un periodo de cuatro años.
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